La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la sentencia de un juzgado de Vigo en la que se declara nulo el despido de una trabajadora por parte de una entidad bancaria. La sentencia establece que la empresa deberá readmitir a la trabajadora de forma inmediata en un puesto adaptado a sus circunstancias de salud tras los ajustes razonables pertinentes. Además, se ha ordenado el abono de una indemnización de 30.000 euros por apreciación de discriminación por razón de discapacidad.
En este caso, el servicio de prevención de riesgos laborales deberá jugar un papel fundamental en la readaptación del puesto de trabajo de la afectada, garantizando que se cumplan todas las medidas necesarias para garantizar su seguridad y bienestar en el ámbito laboral. La importancia de contar con un servicio de prevención eficaz se pone de manifiesto en situaciones como esta, donde se requiere una intervención especializada para adecuar el entorno laboral a las necesidades específicas del trabajador.
Es crucial que las empresas se comprometan a implementar medidas de prevención de riesgos laborales que incluyan la adaptación de puestos de trabajo a las circunstancias individuales de cada empleado, especialmente en casos de personas con discapacidad. La colaboración entre el servicio de prevención y los departamentos de recursos humanos resulta clave para lograr entornos laborales inclusivos y seguros para todos los trabajadores.
