El Tribunal Supremo ha dictaminado que la participación de los sindicatos con representación en las empresas que solicitan el cierre a través del Mecanismo RED, en el contexto de los servicios de prevención de riesgos laborales, no puede ser obviada en lo que respecta a los procesos de notificación pertinentes. Esta decisión sienta un importante precedente sobre la inclusión y rol de los actores clave dentro de los procesos relacionados con la seguridad y salud laboral en las organizaciones. La correcta comunicación y colaboración entre los sindicatos y las entidades encargadas del servicio de prevención de riesgos laborales se erigen como aspectos fundamentales para garantizar un entorno laboral seguro y saludable para todos los trabajadores involucrados. La sentencia del Tribunal Supremo destaca la importancia de la transparencia, la consulta y la participación activa de los diferentes agentes en la gestión de la prevención de riesgos laborales, reforzando así la necesidad de establecer canales de comunicación efectivos y una cooperación estrecha en esta materia.
Notificación obligatoria a todos los sindicatos involucrados en un cierre empresarial.
Oferta Servicio
Plan de Prevención
de Riesgos Laborales (PRL)
Empieza ahora y paga a partir del siguiente mes
Págalo en cómodos plazos hasta 5 meses
- Ahorra tiempo y costes.
- Cobertura legal desde el momento de la contratación
- +100 sedes en España
- Más de 100.000 clientes
- Seguimiento de salud completo
- Asesoramiento completo
- Gestión y control total con APP
- Reconocimientos médicos a nivel nacional
- Visitas técnicas presenciales
SOLICITA INFORMACIÓN GRATIS
Más de 100.000 clientes confían en nosotros.
Recibe toda la información sin compromiso.