La Sala de lo Social del Tribunal Superior del País Vasco (TSJPV) ha ratificado una sentencia relevante en el ámbito laboral, relacionada con el servicio de prevención de riesgos laborales. En este caso, se resuelve que las funciones desempeñadas por el demandante, en calidad de agente local, no cumplían con los requisitos necesarios para acceder al coeficiente reductor de la edad de jubilación solicitado. Es crucial considerar los aspectos específicos del desempeño laboral en el ámbito de la seguridad y prevención de riesgos, para garantizar el cumplimiento de las normativas vigentes y proteger la integridad de los trabajadores. La jurisprudencia en estas materias es fundamental para establecer pautas claras y justas en el ámbito laboral, proporcionando así un marco de actuación seguro y adecuado en relación con el servicio de prevención de riesgos laborales.
¿Es posible la jubilación anticipada para un policía local tras 36 años de servicio?
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