El Tribunal Supremo dictamina: No es obligatorio devolver el subsidio de desempleo en casos de ERTE por error administrativo

El Tribunal Supremo ha emitido un fallo que determina que el empleado no está obligado a reintegrar la prestación por desempleo recibida de manera errónea durante un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) si la misma fue otorgada debido a un error del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Este dictamen representa un precedente significativo en el ámbito laboral, especialmente en lo que concierne a la protección de los derechos de los trabajadores frente a situaciones involuntarias de incorrecta percepción de prestaciones laborales.

En este sentido, es fundamental subrayar la importancia de contar con un exhaustivo servicio de prevención de riesgos laborales en las empresas, con el fin de evitar errores administrativos que puedan derivar en situaciones como las mencionadas anteriormente. Un servicio de prevención adecuadamente implementado no solo contribuye a resguardar la integridad física y mental de los trabajadores, sino que también promueve un ambiente laboral seguro y conforme a la normativa vigente.

En el contexto actual, donde la planificación y la prevención ocupan un lugar destacado en el entorno laboral, resulta esencial que tanto empleadores como empleados estén al tanto de las implicaciones legales y de las medidas preventivas necesarias para garantizar el cumplimiento de las obligaciones laborales y la protección de los derechos laborales de ambas partes. Ante situaciones como las resueltas por el Tribunal Supremo, la correcta aplicación de los principios de prevención de riesgos laborales cobra una relevancia aún mayor, en aras de prevenir posibles complicaciones y salvaguardar la estabilidad laboral de todos los involucrados.

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